Desde que las entidades prestadoras de salud públicas: hospitales, centros médicos, postas, etc., demostraron poca eficiencia en la prestación del servicio y cero responsabilidad con el cuidado del equipamiento médico asignado en cuanto a mantenimiento y operatividad, se inicio el proceso de diseñar una nueva metodología para mejorar la operatividad e infraestructura necesaria y montar libremente bajo un esquema estructural: las salas de diagnóstico por imágenes pero de administración privada, que en muchas oportunidades y bajo la idea de ser un convenio directo con el hospital, también han llegado a tergiversar su función como tal y prestarse para malos entendidos, corrupción, etc… problemas a los cuales no son ajenos los hospitales públicos de nuestro país. Pero miremos el fondo y el ¿por qué?; la necesidad que se ha visto incrementada en estos últimos años.
Costos y Operatividad:
El valor de compra, mantenimiento, operatividad, personal asignado, actualización tecnológica y más. Al ser un ente privado se rige a un listín de precios que lo paga íntegramente la entidad a través del SIS (la entidad encargada del presupuesto de salud), de acuerdo a las atenciones programadas y ejecutadas por el proveedor de servicio.
Sin duda un beneficio para la entidad o institución y que daría mayor presupuesto a otros temas de mayor importancia como: medicamentos, pago de personal, mejora de infraestructura hospitalaria.
Esto sucede debido a que no compras un equipo (valor total), que en pocos años generará una doble inversión y gasto para su mantenimiento y que deberá de comprarse cada cierto tiempo por un tema de actualización tecnológica.
El saber administrar un convenio como este también puede tener ganancias por dicho servicio a la institución como por ejemplo: el tener un contrato de convenio 90/10 (90% de ingresos para el contratante o proveedor y 10% para la entidad), por el tiempo de ejecución de este servicio y el cual sirve de renta para la misma gestión ejecutante.
¿Se realizan este tipo de convenios en el estado?
Si, y muy a menudo y se encuentran regidos por la normativa regular de contrataciones del estado. Los porcentajes de contratación y años varían de acuerdo al interés de la entidad y dependerá de la oferta y demanda de los servicios el tipo de equipamiento que necesite para satisfacer esa necesidad.
Siempre se pide a las entidades públicas reconocer dentro de su administración anual saber si es necesario optar por esta opción que como especialista se puede recomendar. El detalle aquí es ejecutarla con todas las previsiones del caso para realmente tener una adecuada gestión.
Melina Noelia Salazar / Ingeniería Clínica e Infraestructura Hospitalaria / MÉDICA GROUP PERÚ
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